AVISO DE INTENCIÓN DE SOLICITAR LA LIBERACIÓN DE FONDOS
PARA PROYECTOS Y PROGRAMAS ESCALONADOS
Fecha de publicación: 5 de noviembre de 2021
Ciudad de Alameda
Departamento de Desarrollo Comunitario
950 West Mall Square, Second Floor
Alameda, CA 94501
(510) 747-6884
A partir del 16 de noviembre de 2021, la Ciudad de Alameda presentará una solicitud a la Oficina de Planificación y Desarrollo Comunitario de HUD para la liberación de Fondos de Subvenciones en Bloque para Desarrollo Comunitario (CDBG) bajo el Título I de la Ley de Vivienda y Desarrollo Comunitario de 1974, según enmendada, para emprender el siguiente proyecto:
Título del Nivel 1 de la Revisión del Proyecto/Programa: Rehabilitación Residencial – Programas de Reparaciones Menores de Vivienda y de Seguridad de Vivienda.
Propósito: El propósito de los programas de reparación menor de viviendas y seguridad de la vivienda es otorgar subvenciones de hasta $5,000 para reparaciones de artículos de salud, seguridad y protección, o reparaciones menores de carpintería, plomería, calefacción y artículos eléctricos.
Ubicación: Tanto los programas de reparación de viviendas menores como los de seguridad de la vivienda son para propiedades residenciales ubicadas en toda la ciudad de Alameda.
Proyecto/Descripción del Programa: Esta Revisión Ambiental de Nivel 1 se realiza para los Programas Menores de Reparación de Viviendas y Seguridad de Viviendas, como se describe a continuación.
El Programa de Reparaciones Menores de Vivienda brinda subsidios de hasta $5,000 para reparaciones de cosas relacionadas con la salud, seguridad o reparaciones menores de carpintería, plomería, calefacción y artículos eléctricos. Este programa está disponible para los propietarios de bajos ingresos de Alameda por orden de llegada. Los límites de ingresos están determinados por HUD.
El Programa de Seguridad de Vivienda del Departamento de Bomberos de Alameda brinda servicios a residentes mayores de 62 años y personas con discapacidades de cualquier edad con ingresos bajos a moderados. El programa instala detectores de humo y monóxido de carbono. Además, los hogares elegibles pueden recibir mejoras de accesibilidad, que incluyen, entre otras, la ampliación de puertas y/o la instalación de barras de apoyo, pasamanos interiores, asientos de inodoro elevados o rampas.
Las revisiones específicas del sitio de Nivel 2 se completarán por aquellas leyes y autoridades que no se abordaron en la revisión amplia de Nivel 1 para cada dirección bajo este programa cuando se conozcan las direcciones.
Nivel de la Notificación de la Revisión Ambiental: 24 CFR Parte 58.35 (a)(3)(i).
Revisión Específica del Sitio del Nivel 2: Las revisiones específicas del sitio cubrirán las siguientes leyes y autoridades que no se abordaron en la revisión del Nivel 1:
• Contaminación y Sustancias Tóxicas en 24 CFR Parte 50.3 (i) & 58.5 (i) (2)
• Preservación Histórica en la Ley de Preservación Histórica Nacional de 1966, en particular las secciones 106 y 110; 36 CFR Parte 800.
Medidas de Mitigación/Condiciones/Permisos (si los hubiera): La Ciudad manejará la contaminación y las sustancias tóxicas a un nivel específico del sitio para abordar las sustancias tóxicas, peligrosas o radiactivas en el sitio y en la propiedad adyacente. La Ciudad visitará cada sitio y registrará sus hallazgos utilizando la Lista de Verificación de Contaminación de Campo sugerida por HUD. La herramienta NEPAssist de la EPA se utilizará para revisar cualquier preocupación potencial dentro de un radio de 0.50 millas para desechos peligrosos, emisiones tóxicas y zonas industriales abandonadas y dentro de un radio de 1 milla para sitios con superfondo. Si se encuentra un sitio dentro de las distancias anteriores, se realizará una revisión exhaustiva para determinar si el sitio tiene alguna inquietud de cumplimiento actual que pueda afectar el proyecto propuesto. Dependiendo de los hallazgos específicos del sitio, la Ciudad abordará las mitigaciones caso por caso para minimizar o revertir los efectos negativos a la salud y seguridad de los ocupantes de la propiedad según el sitio y las condiciones adyacentes.
La Ciudad ha celebrado un Acuerdo Programático (PA) con la SHPO de California. Se hará referencia al PA para todas las propiedades de 50 años o más. Las actividades no cubiertas en el PA requerirán la presentación de una Revisión de la Sección 106 a la SHPO. Si SHPO devuelve una determinación que no sea “Sin efecto”, es posible que se requiera una consulta con SHPO. En el caso de que SHPO requiera mitigaciones adicionales en un sitio, el proyecto se eliminará de este programa y se creará una nueva revisión ambiental específica del sitio con la notificación adecuada al público y la presentación de una Solicitud de Liberación de Fondos (RROF) si necesario.
Costo Estimado del Proyecto: El costo total estimado para financiar los programas de reparación menor de viviendas y seguridad de la vivienda hasta el 30 de junio de 2025 es de $275,000, el monto en su totalidad será financiado por HUD.
La actividad/actividades propuestas están categóricamente excluidas bajo las regulaciones de HUD en 24 CFR Parte 58 de los requisitos de la Ley de Política Ambiental Nacional (NEPA) según 24 CFR 58.35 (a) (1). Un Registro de Revisión Ambiental (ERR) que documenta las determinaciones ambientales para este proyecto está archivado en https://www.hudexchange.info/programs/environmental-review/environmental-review-records/.
COMENTARIOS PUBLICOS
Cualquier individuo, grupo o agencia puede enviar comentarios por escrito sobre el ERR al Departamento de Vivienda de la Ciudad de Alameda, a: Lisa Fitts, 950 W. Mall Square, Suite 205, Alameda, CA 94501. Todos los comentarios recibidos antes del 15 de noviembre, 2021 serán considerados por la Ciudad de Alameda antes de autorizar el envío de una solicitud de liberación de fondos.
CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
La Ciudad de Alameda certifica a HUD que Andrew Thomas, Oficial de Certificación, en su calidad de Director de Planificación, Construcción y Transporte consiente en aceptar la jurisdicción de los Tribunales Federales si se entabla una acción para hacer cumplir las responsabilidades en relación con el proceso de revisión ambiental y que estas responsabilidades han sido satisfechas. La aprobación de la certificación por parte de HUD satisface sus responsabilidades según la NEPA y las leyes y autoridades relacionadas y permite que la Ciudad de Alameda utilice los fondos del programa de HUD.
OBJECIONES A LA LIBERACIÓN DE FONDOS
HUD aceptará objeciones a su liberación de fondos y la certificación de la Ciudad de Alameda por un período de quince días después de la fecha de presentación anticipada o su recepción real de la solicitud (lo que sea posterior) solo si se basan en una de las siguientes bases: ( a) la certificación no fue ejecutada por el Oficial Certificador de la Ciudad de Alameda; (b) la Ciudad de Alameda ha omitido un paso o no ha tomado una decisión o hallazgo requerido por las regulaciones de HUD en 24 CFR parte 58; (c) el beneficiario de la subvención u otros participantes en el proceso de desarrollo han comprometido fondos, incurrido en costos o realizado actividades no autorizadas por 24 CFR Parte 58 antes de la aprobación de una liberación de fondos por parte de HUD; o (d) otra agencia federal que actúe de conformidad con el 40 CFR Parte 1504 ha presentado una conclusión por escrito de que el proyecto no es satisfactorio desde el punto de vista de la calidad ambiental. Las objeciones deben prepararse y enviarse de acuerdo con los procedimientos requeridos (24 CFR Parte 58, Sec. 58.76) y deben enviarse por correo electrónico a la oficina de administración de subvenciones de HUD a: CPD_COVID-19OEE-SFO@hud.gov. Los posibles objetores deben comunicarse con HUD para verificar el último día real del período de objeción.
Andrew Thomas
Director de Planificación, Construcción y Transporte de la Ciudad de Alameda
Certificador Oficial
PREVISIONES PARA PERSONAS DISCAPACITADAS
Si alguna persona interesada en participar en el programa CDBG / HOME es una persona con discapacidad tal como lo define la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1974 que solicita asistencia para participar o tomar interés, dicha persona debe enviar una solicitud de asistencia a Lisa Fitts al (510) 747-6884, (510) 522-7538 (TYY) o por correo electrónico a lfitts@ alamedaca.gov. Dicha solicitud deberá incluir una descripción de la asistencia solicitada, junto con una declaración del tipo de discapacidad que requiera asistencia. Cualquier solicitud de asistencia deberá ser revisada y se proporcionará una respuesta dentro de los cinco días hábiles de la fecha de recepción de tal solicitud. Se enviará una notificación de cualquier asistencia otorgada al solicitante.
DISPOSICIONES PARA RESIDENTES QUE NO HABLEN INGLÉS
La Ciudad de Alameda tiene una red de empleados que hablan aproximadamente 45 idiomas, quienes pueden actuar como intérpretes para los residentes que buscan información sobre los programas CDBG/HOME. Cuando sea notificada con cinco días de hábiles de anticipación, la ciudad hará los arreglos para que haya un intérprete disponible. Por favor contacte a Lisa Fitts (510) 747-6884, (510) 522-7538 (TYY), o por correo electrónico lfitts@alamedahsg.org.
POLÍTICA ANTI-DISCRIMINACIÓN
La ciudad de Alameda no discrimina contra ninguna persona por raza, color, nacionalidad, religión, genealogía, sexo, género, identidad de género, expresión de género, orientación sexual, estatus conyugal, estatus familiar, fuente de ingreso, información genética, condición médica, discapacidad física o discapacidad mental, o cualquier otra categoría protegida por la ley.